viernes, 18 de diciembre de 2009

Firma Electrónica

La firma electrónica, como su propio nombre indica, es el equivalente electrónico de nuestra firma manuscrita.
Sus principales funciones son:
- Identificación del firmante: la firma identifica al firmante de forma única igual que su firma manuscrita.
- Integridad del contenido firmado: es posible verificar que los documentos firmados no hayan sido alterados por terceras partes.
- No repudio del firmante: un documento firmado electrónicamente no puede repudiarse por parte de su firmante.
- Es un conjunto de datos que nos permiten acreditarnos y cerrar acuerdos por medios electrónicos, principalmente por Internet.
- En España, desde el año 2003, la firma electrónica tiene el mismo valor a efectos legales que la firma manuscrita. (LEY 59/2003, del 19 de diciembre, de firma electrónica)
Para conocer más de la Firma Electrónica del DNI electrónico:
http://www.inteco.es/Seguridad/DNI_Electronico/Firma_Electronica_de_Documentos/

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